1
3
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12986
04 de diciembre de 2008
DAGJ-1627-2008
Doctora
Jody Steiger G
Directora
TEATRO NACIONAL DE COSTA RICA
Fax 223-49-90
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de aclaración sobre los alcances del oficio DAGJ-1464-2008 referente a autorización de trabajo extraordinario para la temporada artística 2009
En atención a oficio de fecha 18 de noviembre, recibido en este órgano contralor el 19 de noviembre, ambas fechas de 2008, el Lic. Albin Anchía Rojas, del Departamento Financiero Contable de este Teatro, solicita aclaración referente a los alcances del oficio DAGJ-11610-2008 en virtud del cual se autorizó a ciertos funcionarios realizar trabajo extraordinario para la temporada artística 2009.
Asimismo, mediante nota TNDG-0105-08 de fecha 02 de diciembre del año en curso, su persona nos indica que es de suma importancia que la autorización emitida mediante oficio DAGJ-1464-2008, sea ampliada para que se autorice a ciertos funcionarios ejercer en un puesto más del ya autorizado.
En ese sentido, como primer punto, hemos de aclarar que la autorización es únicamente por un año, en este caso el 2009. En segundo lugar, es claro para este órgano contralor la necesidad de que se autorice a determinados funcionarios poder ejercer en dos cargos, dado que muchas veces para los eventos artísticos se suscitan imprevistos, como por ejemplo no asistencia de un funcionario a dicha actividad, siendo imperativo cubrir a esa persona por otra, y con ello poder brindar el servicio público que conlleva el desarrollo de actividades culturales y artísticas.
Analizado lo anterior, y dado ese carácter de urgencia que reviste el cumplir en forma eficaz y eficiente con el servicio a brindar, es por lo que la autorización dada mediante DAGJ-1464-2008 se mantiene, y se amplía en los siguientes cargos para los siguientes funcionarios:
1. Señor Henry Alfaro Abarca, cédula 1-0749-0018, quien labora como Trabaja ...
Fecha publicación: 08/12/2008
Fecha emisión: 03/12/2008
Institución: TEATRO NACIONAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
1
4
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 13160
5 de diciembre, 2008
DAGJ-1640-2008
Señor
MSc. Francisco Soto Soto
Jefe División Médica
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
Apartado Postal 10061-1000
Fax 224-39-913
Estimado señor:
Asunto: Consulta respecto a la aplicación de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 8422, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, en relación a la posibilidad de contratar personal que labora para la Caja Costarricense de Seguro Social o instituciones del Estado que se encuentran de vacaciones con el fin de que laboren durante ese período, en incapacidades o licencias de los funcionarios del INS.
Por encargo y con la aprobación del Gerente de División, damos respuesta a su oficio Nº DIVMED-2008-2299 del 7 de octubre de 2008, recibido en esta Contraloría General el día siguiente, complementado con oficio N° DIVMED-2008-2678 del 14 de noviembre de 2008, recibido el 18 de noviembre siguiente.
I. Motivo de la consulta
Consulta el criterio jurídico, respecto a la aplicación de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 8422, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, específicamente respecto a la posibilidad de contratar personal (técnicos en ortopedia) que labora para la Caja Costarricense de Seguro Social o instituciones del Estado que se encuentra de vacaciones y puedan laborar durante las vacaciones, incapacidades o licencias de los funcionarios del INS.
La justificación de la consulta planteada, es por cuanto a nivel nacional existe inopia de técnicos en ortopedia, y los egresados, en su gran mayoría laboran para la Caja Costarricense de Seguro Social; además el Instituto Nacional de Seguros cuenta con solo dos técnicos en esa especialidad a tiempo completo y como es conocido a nivel nacional se les ha incrementado las cargas de trabajo, debido a la gran cantidad de accidentes de trabajo y principalmente los ...
Fecha publicación: 08/12/2008
Fecha emisión: 05/12/2008
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos
PAGE
2
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12877
2 de diciembre del 2008
DAGJ-1617-2008
Licenciada
Pilar Espinach Rueda
Fiscal Auxiliar
Fiscalía de San Joaquín de Flores
Estimada licenciada:
Asunto: Solicitud de atención de informe de este órgano contralor dentro de la sumaria 07-897-382-PE.
Se refiere este despacho a su oficio sin número del 20 de noviembre anterior, donde hace una serie de preguntas de índole jurídica dentro del procedimiento indicado.
Con respecto a la solicitud que usted formula, le indicamos que inicialmente este órgano contralor, atendió personalmente el requerimiento realizado por esa Administración; sin embargo por razones ajenas a esta Contraloría General no se pudo concretar la colaboración requerida –al respecto adjuntamos la nota 3652 del 30 de abril del 2008, en la cual se indica que se atendió de forma personal inicialmente la solicitud hecha por esa oficina.
Ahora bien, en atención a los requerimientos que hace en su gestión, procedemos a contestar los mismos en el orden en que se hacen:
1. Procedencia del pago por concepto de Prohibición o Dedicación Exclusiva
Sobre este caso específico, tanto esta oficina como la Procuraduría General ya se han referido al caso del pago de dichos rubros a la proveedora municipal; en el caso de este órgano contralor la consulta fue resuelta por la opinión jurídica expuesto en el oficio 13964 del 26 de noviembre del 2007 –el cual se adjunta-, y en la Procuraduría General remitimos al dictamen C-200-2008 del 12 de junio del 2008.Hacemos la observación adicional que sobre el caso en cuestión, de esta misma municipalidad se pueden ver los dictámenes C-257-2008 del 23 de julio del 2008, y C-362-2008 del 7 de octubre del 2008.
Sobre el caso de determinar la procedencia del pago al tesorero municipal, hacemos eco de lo expuesto en el oficio 13964 anterior, en cuanto a que por ser un asunto propio de la función pública, el mismo corresponde ser dilucidado ...
Fecha publicación: 05/12/2008
Fecha emisión: 01/12/2008
Institución: FISCALIA AUXILIAR DE SAN JOAQUIN, HEREDIA.
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
PAGE
6
DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al Oficio No. 12979
04 de diciembre, 2008
DAGJ-1625-2008
Señor
Lic. Oscar Figueroa Fieujeam
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio en relación con la consulta formulada por la Municipalidad de Goicoechea, mediante el oficio AG-4400-2008 del 05 de noviembre de 2008, sobre el informe final de gestión.
Damos respuesta a su oficio AG-4400-2008 del 05 de noviembre de 2008, sobre el informe final que deben presentan los jerarcas y los titulares subordinados al finalizar su gestión.
Sobre el particular, en virtud de nuestra potestad consultiva, consagrada en el artículo 29 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General de la República No. 7428 de 7 de setiembre de 1994, atendemos la presente solicitud de criterio, teniendo en cuenta que su alcance tiene efectos vinculantes en lo que se refiere a la materia objeto de nuestras competencias constitucionales y legales. Así las cosas, a partir de lo anterior esta Contraloría General orienta las acciones que debe atender la administración activa para la resolución de los casos concretos, por ser ello de su competencia.
I.- Motivo de la consulta:
Señala en su consulta que algunos jerarcas o titulares solicitan un permiso sin goce de salario hasta por seis meses prorrogables por otros seis meses, para un total de doce meses y, posterior a la finalización del período, presentan la renuncia al puesto, lo que no permite notificarle que debe presentar el informe final de gestión.
La asesoría jurídica de esa entidad municipal considera que cuando dichos funcionarios han gozado de permiso sin goce de salario y al finalizar dicho permiso renuncian, no es posible obligarles a que presenten un informe de fin de gestión y entrega formal de activos, en razón de que durante su ausencia, el cargo ha sido ocupado por otro funcionario y no podría informar sobre un período en que estuvo ausente.
II. ...
Fecha publicación: 05/12/2008
Fecha emisión: 03/12/2008
Institución: MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Sistema de Control Interno
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12863
2 de diciembre de 2008
DAGJ-1614-2008
PAGE
3
Señora
Silma Bolaños
Jefe de Área
Comisión Permanente de Asuntos Económicos
Asamblea Legislativa
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre el proyecto “Ruptura del monopolio de la Fábrica Nacional de Licores” que se tramita bajo el expediente No. 17.090.
Nos referimos a su oficio ECO-559-17090-08 de fecha 07 de noviembre último, mediante el cual solicita el criterio de este órgano contralor sobre el proyecto de ley denominado “Ruptura del monopolio de la Fábrica Nacional de Licores”, actualmente tramitado bajo el expediente No. 17.090. Al efecto por medio del oficio DAGJ-1526-2008 de 13 de noviembre del año en curso se solicitó una prórroga de diez días hábiles, por lo que de esta manera remitimos la respuesta a su consulta en el plazo concedido.
Se aclara que la presente iniciativa, fue analizada por esta Contraloría General de la República de forma conjunta con el expediente 16.987 referido a la “Apertura del monopolio de la Fábrica Nacional de Licores y democratización de su propiedad”, por corresponder ambos al tema relacionado con la ruptura y la apertura del monopolio de licores ejercido por FANAL y por estar en trámite ante la Comisión Permanente de Asuntos Económicos.
Sobre el particular interesa señalar por parte de esta Contraloría General que la función de asesoría a la Asamblea Legislativa en la revisión de proyectos de ley lo es en el ámbito de sus competencias de órgano superior de control y fiscalización de la Hacienda Pública, sin entrar en consideraciones que conciernen estrictamente al ámbito competencial de los órganos legislativos.
1. Objetivo del proyecto
La presente iniciativa tiene como principal objetivo reformar las leyes que hacen referencia al monopolio de la Fábrica Nacional de Licores, en adelante FANAL, dado que la producción de licor por parte del Estado de forma exclusiva es contradictorio con ...
Fecha publicación: 04/12/2008
Fecha emisión: 01/12/2008
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
Tesauro: Numero de Expediente , Nombre del Proyecto
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12686
27 de noviembre, 2008
DAGJ-1602-08
Señora
Maribel Largaespada Robles
Área de Investigación y Gestión Documental
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Se atiende solicitud de información sobre si existe criterio emitido por la Contraloría General respecto a una norma legal que faculta al poder ejecutivo para que mediante decreto modifique la ley de presupuesto ordinario y extraordinario de la República.
Por encargo y con la aprobación del Gerente de División, se refiere este Despacho a su solicitud de información, de fecha 18 de noviembre de 2008, recibida en esta Contraloría General el día siguiente, en la cual solicita se le indique si existe algún criterio emitido por este órgano contralor respecto a una norma legal que faculte al Poder Ejecutivo para que mediante decreto modifique la ley de presupuesto ordinario y extraordinario de la República, a efecto de incorporar los recursos provenientes de un contrato de préstamo con el BID y que haya sido ratificado mediante ley, como lo contempla el artículo 6 del proyecto de ley n°17.128, que pretende aprobar el empréstito entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el BID.
Sobre el particular, se le informa que una vez revisados los registros electrónicos que para tales efectos lleva este órgano contralor, no se encontró ningún criterio que esta Contraloría General haya emitido sobre el asunto que genera su solicitud de información.
Por lo que de esta forma, se procede a dar por atendida su solicitud de información.
Atentamente,
Lic. Sergio Mena García Bach. Ingrid Brenes Guevara
Gerente Asociado Fiscalizadora Asociada
IBG/SMG/ysp
Ci: Archivo Central
Ni: 26375-08
G: 2008003563
] ...
Fecha publicación: 03/12/2008
Fecha emisión: 27/11/2008
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
PAGE
2
DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al Oficio Nº 12693
27 de noviembre, 2008
DAGJ-1605-2008
Señor
Luis Ureña Oviedo
Auditor Interno
COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO
Estimado señor:
Asunto: Se deniega la solicitud de criterio legal, efectuada por el auditor interno del Colegio Universitario de Cartago, mediante el oficio AU-120-2008, respecto a la posibilidad de trasladar deducciones salariales de algunos funcionarios afiliados a una sociedad de hecho.
Damos respuesta a su oficio AU-120-2008, recibido en esta Contraloría General el día 7 de octubre pasado, mediante el cual solicita nuestro criterio jurídico en relación con la posibilidad la posibilidad de trasladar deducciones salariales de algunos funcionarios afiliados a una sociedad de hecho.
I.- Motivo de la Consulta:
En su oficio, señala que en esa institución educativa, existe una asociación de empleados que no se encuentra a derecho, carece de personería jurídica y cédula jurídica. En su criterio, de acuerdo con el Código de Comercio, es una sociedad de hecho que funciona dado que cuenta con 35 funcionarios.
Señala también que ese colegio universitario funge como agente retenedor de cuotas de estos funcionarios que autorizaron rebajar mensualmente una cuota de afiliación y de ahorro personal, según la aclaración que se nos hiciera vía telefónica.
El cheque de esta asociación sale a nombre de un funcionario y por ello no se genera un comprobante de pago ni se le entrega a la institución un recibo de dinero por el monto retenido a los empleados.
Frente a esa situación se consulta puntualmente ¿si esto es aceptable?; ¿si la asociación debe estar inscrita ante la institución correspondiente?, ¿si el colegio universitario está infringiendo algún tipo de ley? y ¿si es correcto que al colegio no se le entregue ningún tipo de comprobante?. Finalmente se consulta si ¿se debe eliminar esta práctica?
II.- Criterio de la División:
Respecto al asunto de ...
Fecha publicación: 02/12/2008
Fecha emisión: 27/11/2008
Institución: COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
6
3
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12862
01 de diciembre de 2008
DAGJ-1613-2008
Licenciada
Silma Bolaños Cerdas
Comisión Permanente de Asuntos Económicos
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre el proyecto denominado “Apertura del Monopolio de la Fábrica Nacional de Licores y democratización de su propiedad” que se tramita bajo el expediente No. 16987.
Nos referimos a su nota No.559-17.090-08 de fecha 07 de noviembre del 2008, mediante la cual solicita criterio de esta Contraloría General respecto del proyecto de ley denominado “Apertura del Monopolio de la Fábrica Nacional de Licores y democratización de su propiedad”, que se estudia bajo el expediente No. 16987, del cual solicitamos una prórroga para rendir el respectivo informe, misma que nos fue otorgada por esa Comisión el pasado 18 de noviembre por un lapso de 10 días hábiles.
De acuerdo con la exposición de motivos, se da cuenta de la tendencia mundial favorable a la apertura de los monopolios, ya que el consumidor se ve limitado en su libertad y hay mayor probabilidad de precios más caros, menor variedad e inferior calidad en razón de la falta de competencia.
En el caso del monopolio nacional en la producción y venta de alcohol, el mismo se mantiene en manos del Estado –concretamente en manos de la Fábrica Nacional de Licores –en adelante FANAL-, sin perjuicio del ejercicio libre de otras actividades de producción y comercialización de licores como el “guaro”, situación ésta última que los proponentes estiman cabe cuestionarse sobre “¿cuál es la pertinencia de que el Estado tenga como una de sus funciones la producción y venta de licores?”, sobretodo cuando existen problemas asociados al consumo del licor como la violencia que se vive en nuestras carreteras y los accidentes de tránsito, ante lo cual se propone que esta actividad sea desarrollada por el sector privado y no por el sector público.
Para ese fin, se pretende q ...
Fecha publicación: 01/12/2008
Fecha emisión: 01/12/2008
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
Tesauro: Numero de Expediente , Nombre del Proyecto
PAGE
20
DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12870
02 de diciembre, 2008
DAGJ-1616-2008
Señor
Marco Quesada Bermúdez
Director
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Fax: 2243-24-35
Estimado señor:
Asunto: Proyecto de ley denominado “LEY DE PROTECCIÓN A VÍCTIMAS, TESTIGOS Y DEMÁS SUJETOS INTERVINIENTES EN EL PROCESO PENAL, REFORMAS Y ADICIÓN AL CÓDIGO PROCESAL PENAL Y AL CÓDIGO PENAL” ,expediente No. 16.973
Se refiere este Despacho a su oficio sin número de fecha 6 de setiembre del 2008, recibido en esta Contraloría General en esa misma fecha, mediante el cual consulta el criterio sobre el proyecto de ley arriba mencionado, iniciativa que se tramita en el expediente legislativo Nº 17086, y en cuya gestión se solicito prórroga mediante oficio DAGJ-1558, del 19 de noviembre del 2008.
Sobre el particular, este órgano contralor no tiene observaciones de fondo sobre el artículo 13 remitido a consulta, sin embargo nos permitimos hacer las siguientes observaciones sobre otros articulados del proyecto.
I. Observaciones generales
Tal como se señala en la exposición de motivos, el proyecto se encamina a formar parte de una solución a favor de la seguridad ciudadana, contra el crimen organizado y la violencia en general. El análisis que se realiza, se basa en los textos del proyecto de ley obtenidos del Sistema de Información Legislativo (SIL), así como el texto sustitutivo que también se registra en dicho sistema.
II. Observaciones sobre el articulado del proyecto de ley
ARTÍCULO 19.- En este artículo se da atribuciones a la Contraloría General de la República, para requerir por parte de los funcionarios públicos, aclaraciones sobre las causas generadoras del patrimonio, especialmente ante aumentos del mismo. En el ámbito privado se le da las mismas atribuciones al Ministerio de Hacienda, tal como se lee en el texto:
“Los funcionarios públicos a instancia de la Contraloría General de la República deberán dar cuenta de las causas ...
Fecha publicación: 01/12/2008
Fecha emisión: 01/12/2008
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
Tesauro: Numero de Expediente , Nombre del Proyecto
PAGE
5
DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12798
27 de noviembre de 2008
DAGJ-1609-2008
Señor
Lic. Luis Ureña Oviedo
Auditor Interno
COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO
Estimado señor:
Asunto: Solicita el criterio jurídico de los artículos 14 y 17 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública –Ley N° 8422-.
Por encargo y con la aprobación del Gerente de División, se refiere este Despacho a su oficio N° AU-119-2008 del 30 de setiembre de 2008, recibido en esta Contraloría General el 1° de octubre, mediante el cual plantea una serie de consultas sobre los artículos 14 y 17 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública –Ley N° 8422-.
I. Motivo de la consulta
Al respecto solicita el criterio jurídico de este órgano contralor respecto de lo siguiente:
1. ¿Un funcionario administrativo que se encuentre suspendido con goce de salario, puede laborar en una institución de enseñanza superior como docente?
2. ¿Un funcionario administrativo que se encuentre suspendido con goce de salario, tiene que respetar su jornada ordinaria de trabajo, de la institución donde fue suspendido?
3. ¿Qué es discrecionalidad de horario y cuál es su alcance para un funcionario administrativo (gerente 1) que no es tocado por el Reglamento Autónomo de Trabajo?
4. ¿Puede un funcionario administrativo, cambiar a beneficio propio, el horario ordinario de trabajo que tenga, encontrándose suspendido con goce de salario; estaría incumpliendo con el artículo 14 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública N° 8422, por faltar a su jornada ordinaria de trabajo? ¿se afecta su desempeño normal en la institución?
5. ¿Un funcionario administrativo estaría incumpliendo el artículo 17 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública N° 8422, por estar suspendido con goce de salario y haber sido docente durante su susp ...
Fecha publicación: 30/11/2008
Fecha emisión: 28/11/2008
Institución: COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos , Empleo Publico, Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales , Responsabilidad Disciplinaria